Personas con Discapacidad
¿Qué derechos tengo?
LA CONSTITUCIÓN DEL ECUADOR DEL 2008 RECONOCE Y GARANTIZA LOS SIGUIENTES DERECHOS A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD:
- La atención especializada en las entidades públicas y privadas que presten servicios de salud para sus necesidades específicas, que incluirá la provisión de medicamentos de forma gratuita, en particular para aquellas personas que requieran tratamiento de por vida.
- La rehabilitación integral y la asistencia permanente, que incluirán las correspondientes ayudas técnicas.
- Rebajas en los servicios públicos y en servicios privados de transporte y espectáculos.
- Exenciones en el régimen tributario.
- El trabajo en condiciones de igualdad de oportunidades, que fomente sus capacidades y potencialidades, a través de políticas que permitan su incorporación en entidades públicas y privadas.
- Una vivienda adecuada, con facilidades de acceso y condiciones necesarias para atender su discapacidad y para procurar el mayor grado de autonomía en su vida cotidiana. Las personas con discapacidad que no puedan ser atendidas por sus familiares durante el día, o que no tengan donde residir de forma permanente, dispondrán de centros de acogida para su albergue.
- Una educación que desarrolle sus potencialidades y habilidades para su integración y participación en igualdad de condiciones. Se garantizará su educación dentro de la educación regular. Los planteles regulares incorporarán trato diferenciado y los de atención especial la educación especializada. Los establecimientos educativos cumplirán normas de accesibilidad para personas con discapacidad e implementarán un sistema de becas que responda a las condiciones económicas de este grupo.
- La educación especializada para las personas con discapacidad intelectual y el fomento de sus capacidades mediante la creación de centros educativos y programas de enseñanza específicos.
- La atención psicológica gratuita para las personas con discapacidad y sus familias, en particular en caso de discapacidad intelectual.
- El acceso de manera adecuada a todos los bienes y servicios. Se eliminarán las barreras arquitectónicas.
- El acceso a mecanismos, medios y formas alternativas de comunicación, entre ellos el lenguaje de señas para personas sordas, el oralismo y el sistema braille.
SEÑALES DE ALERTA PARA SABER SI UN DERECHO HA SIDO VULNERADO:
Una vez que conocemos los derechos de las personas con discapacidad, es importante saber, que cualquier acción u omisión que limite o restrinja el ejercicio y goce pleno de estos derechos, puede ser una vulneración.
Por ejemplo:
- Si la ley dispone que una persona con discapacidad tiene acceso a un cobro de servicios básicos con una rebaja del 50% y las instituciones no lo hacen, están vulnerando el derecho a las rebajas en los servicios públicos.
- Además es importante también saber que toda acción u omisión que vaya en contra de tú integridad física (golpes), psíquica (insultos) o sexual (violación) están vulnerando tú derecho a una vida libre de violencia.
- Si en los servicios de salud públicos no te atienden con preferencia o te cobran por la atención y medicamentos, están vulnerando tu derecho a una atención gratuita y preferente en salud.
- Si alguien te obliga a mendigar, están vulnerando tus derechos a una vida libre de violencia y a la protección especial.
- Si tú realizaste el trámite respectivo en el MSP para la obtención de ayudas técnicas y alguien quiere cobrarte por estas ayudas están vulnerando tu derecho a una atención gratuita y preferente en salud.
Algunas de estas vulneraciones de derechos pueden convertirse en un delito o una contravención:
- Es delito cuando la agresión recibida causa heridas, lesiones o golpes que generen incapacidad (no pueda hacer sus actividades de la vida diaria), por un tiempo mayor a tres días o cuando se ha vulnerado otros derechos tipificados en el COIP tales como extorsión, estafa, explotación sexual y otros. En este caso se debe DENUNCIAR en la Fiscalía.
RECUERDE:
- En caso de violencia en el espacio público, o frente a la presunción de estafa o engaño puede denunciar en las Unidades Judiciales Penales.
- En caso de violencia en la familia puede acudir a las unidades de Violencia Contra la Mujer y la familia para poner la denuncia y solicitar medidas de protección.
- En caso de negación de servicios o acceso a subvenciones, denuncie ante la autoridad superior de esta dependencia o acuda a la Defensoría del Pueblo para denunciar o interponer una acción de Protección ante cualquier Juez.
- Si estas en un sector rural, puedes acudir a una de las siguientes instancias:
- Un Juez multicompetente.
- Fiscalía más cercana.
- Oficinas del GAD Parroquial (Junta Parroquial).
- Llamar al ECU 911 o a la policía comunitaria.
¿Qué hacer?
SI NO SABE QUÉ HACER CUANDO SUS DERECHOS HAN SIDO VULNERADOS, PUEDE BUSCAR AYUDA EN LAS ENTIDADES MÁS CERCANAS A SU SITIO DE RESIDENCIA COMO POR EJEMPLO:
- Policía comunitaria más cercana.- Le ayudarán en casos de emergencia o le orientarán hacia los servicios que necesites.
- Unidad de Salud más cercana .- Le atenderán si necesita atención en salud o le orientarán hacia los servicios que necesites.
- Llamar al 911.- Le ayudarán a articular servicios como salud, policía, bomberos, policía metropolitana etc. dependiendo de la situación de emergencia.
- Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial (Junta Parroquial).- Le pueden orientar en la búsqueda de servicios de acuerdo a su necesidad o pueden intervenir cuando las entidades no cumplen con sus servicios o no dan una buena atención.
- Centros de Equidad y Justicia – CEJ- .- Son servicios municipales que tienen profesionales de trabajo social, psicología y legal, quienes le atenderán u orientarán hacia los servicios que necesites.
- Si necesita asesoramiento legal, patrocinio o ayuda de un abogado y no tiene recursos, puede acudir a la Defensoría Pública, servicio que dispone de abogados que le brindarán su ayuda de forma gratuita; o a un Consultorio Jurídico gratuito, que tiene abogados que le brindarán su ayuda de forma gratuita.