Convocatoria.- el Consejo Cantonal de Protección Integral de Derechos, realizará la convocatoria a la Asamblea Cantonal para la elección de los Miembros de los Consejos Consultivos del Cantón Paute periodo 2018 – 2020, mediante publicación en los medios de comunicación de la localidad, en la página web y mediante la red social del Consejo Cantonal de Protección de Derechos o GAD Municipal del Cantón Paute.

La convocatoria será pública, abierta y respetará los principios de transparencia, no discriminación e igualdad.

NOMINACION DE PUESTOS

Serán elegidos de manera unánime y paritaria, misma que estará conformada por la/el presidenta/e, la/el vicepresidenta/e, la/el secretaria/o; y 3 vocales.

Participantes.- para los Consejos Consultivos del Cantón Paute, podrán participar:

  • Delegadas/os de las movimientos, organizaciones o asociaciones de niñas, niños y adolescentes, jóvenes, personas Adultas Mayores, genero, movilidad humana, personas con discapacidad del Cantón Paute,
  • Delegadas/os de las instituciones educativas fiscales, fisco misionales y privadas,
  • Delegadas/os por cada una de las parroquias rurales,
  • Delegadas/os de niñas, niños y adolescentes, jóvenes, personas Adultas Mayores, personas con discapacidad, género y movilidad humana.
  • Delegadas/os que se encuentran en las instituciones de acogimiento familiar e institucional, si lo hubiere,
  • Titulares de Derecho que formen parte de los grupos generacionales, niñas, niños y adolescentes, jóvenes, personas Adultas Mayores, personas con discapacidad, género y movilidad humana.

Art. 12.- Requisitos.- para ser miembro de los Consejos Consultivos del Cantón Paute, el requisito imprescindible es la edad, siendo así:

CONSEJO CONSULTIVO EDAD CONDICIÓN.
Niños, Niñas y Adolescentes 8 a 17 años Ø  Indistinta
Jóvenes 18 a 29 años Ø  Ser titular de derechos
Adultos y Adultas Mayores Desde los 65 años Ø  Ser titular de derechos
Personas con Discapacidad Desde los 8 años Ø  Ser titular de derechos
Género Desde los 8 años Ø  Ser titular de derechos
Movilidad Humana Desde los 8 años Ø  Ser titular de derechos

Ø  Estar condición de movilidad.

  • En caso de los movimientos, organizaciones o asociaciones de niñas, niños y adolescentes, Jóvenes y personas Adultas Mayores del cantón Paute deben encontrarse legalmente constituidas;
  • En el caso de los delegados de las instituciones educativas, deben estar matriculados y asistiendo normalmente a clases;
  • En el caso de los delegados parroquiales, deben habitar en su jurisdicción;
  • En caso de los delegados con discapacidad, deberán presentar el carnet de personas con discapacidad;
  • En el caso de las instituciones de acogimiento deben ser auspiciados por las instituciones de acogimiento.

Art. 13.- De las inscripciones.- Las inscripciones se realizarán el día mismo de la Asamblea de elección de Representantes de los Consejos Consultivos  del cantón Paute. Los participantes de la Asamblea deben presentar la cédula de ciudadanía original el día de la Asamblea parroquial y Cantonal.